Derecho de familia

Convenio regulador: qué debe incluir

Por la Redacción de AbogadoAI · Actualizado el 22 de abril de 2026 · Lectura 13 min · 🇬🇧 Read in English

Afrontar una ruptura de pareja es uno de los momentos más complejos y emocionalmente desgastantes a los que se puede enfrentar una persona. Cuando existen hijos en común o un patrimonio compartido, la necesidad de regular el futuro se convierte en una prioridad absoluta para evitar conflictos interminables. En España, el convenio regulador es el instrumento jurídico fundamental que permite a los cónyuges o progenitores diseñar sus propias reglas de juego tras la separación o el divorcio, garantizando la paz familiar y, por encima de todo, la protección de los menores.

El convenio regulador es un negocio jurídico de derecho de familia en el que las partes, de mutuo acuerdo, establecen las consecuencias personales y patrimoniales derivadas de la separación, el divorcio o la ruptura de una pareja de hecho con hijos. Su gran ventaja es la autonomía de la voluntad: permite que sean los propios interesados, y no un juez, quienes decidan cómo se organizará su vida a partir del cese de la convivencia.

Este documento encuentra su base legal principal en el Código Civil español, concretamente en su artículo 90, el cual detalla el contenido mínimo que debe presentar el convenio para ser aprobado. Asimismo, la Ley 15/2005, de 8 de julio, marcó un hito histórico al introducir el divorcio sin necesidad de alegar causas y potenciar la vía del mutuo acuerdo. Por su parte, la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, establece límites infranqueables: no será posible la mediación ni el acuerdo de mutuo acuerdo en sede civil si existen indicios o procedimientos activos por violencia de género, debiendo derivarse el caso a los Juzgados de Violencia sobre la Mujer para garantizar la seguridad de la víctima y de los menores.

Contenido obligatorio del convenio regulador según el artículo 90 del Código Civil

Para que un convenio regulador sea validado por un juez o por un letrado de la Administración de Justicia (antiguo secretario judicial) o notario, debe contener obligatoriamente una serie de extremos. El artículo 90 del Código Civil exige que se determinen, como mínimo, los siguientes puntos:

1. El cuidado de los hijos: patria potestad y guardia y custodia

Debe especificarse quién ejercerá la patria potestad (que habitualmente sigue siendo compartida por ambos progenitores, salvo causas excepcionales de privación) y a quién corresponde la guarda y custodia.

2. Régimen de visitas, comunicación y estancia

En caso de custodia monoparental, o incluso en la compartida para regular los periodos vacacionales, se debe detallar minuciosamente:

3. Atribución del uso de la vivienda y del ajuar familiar

Se debe determinar quién se queda residiendo en el domicilio familiar. La ley prioriza el interés superior del menor, por lo que la vivienda suele atribuirse a los hijos comunes y al progenitor en cuya compañía queden. Si no hay hijos, se valora quién tiene el interés más necesitado de protección. Debe aclararse quién asume los gastos de la vivienda (comunidad, IBI, suministros, hipoteca).

4. Pensión de alimentos en favor de los hijos

Es la contribución económica para sufragar los gastos ordinarios de los hijos (comida, vestido, educación, vivienda, sanidad). Debe incluir:

5. Pensión compensatoria (si procede)

Regulada en el artículo 97 del Código Civil, se establece cuando la separación o divorcio produce un desequilibrio económico en uno de los cónyuges en relación con la posición del otro, que implique un empeoramiento en su situación anterior en el matrimonio. Puede ser temporal o vitalicia, o consistir en una prestación única.

6. Liquidación del régimen económico matrimonial

Si los cónyuges lo desean, pueden aprovechar el convenio para liquidar su régimen económico (sociedad de gananciales, separación de bienes o participación), adjudicándose los bienes y deudas comunes.

Trámites prácticos paso a paso para la aprobación del convenio

La redacción del convenio es solo el primer paso. Para que tenga plena eficacia jurídica y pueda ejecutarse en caso de incumplimiento, debe ser homologado judicialmente o elevado a escritura pública.

``` [Redacción del Convenio] ➔ [Firma de las Partes] ➔ [Presentación de Demanda/Notaría] ➔ [Ratificación] ➔ [Aprobación y Registro] ```

Paso 1: Negociación y redacción del documento

Ambas partes, idealmente asistidas por sus respectivos abogados (o por un único abogado de mutuo acuerdo para abaratar costes), redactan las cláusulas del convenio ajustándose a su realidad familiar y patrimonial.

Paso 2: Firma del convenio regulador

Una vez redactado y consensuado, ambos cónyuges/progenitores firman todas las páginas del documento como muestra de conformidad.

Paso 3: Presentación de la demanda de mutuo acuerdo (Vía Judicial)

Se presenta ante el Juzgado de Primera Instancia (Familia) del domicilio familiar una demanda de separación o divorcio de mutuo acuerdo, acompañada del convenio firmado, los certificados de matrimonio y de nacimiento de los hijos (expedidos por el Registro Civil) y el poder general para pleitos de procurador.

Paso 4: Ratificación a presencia judicial

El Juzgado citará a ambos cónyuges en un plazo aproximado de 1 a 3 meses (dependiendo de la carga de trabajo del juzgado) para que comparezcan a ratificar su firma. Es un acto sencillo donde confirman que firmaron el convenio voluntariamente y que desean mantener el acuerdo.

Paso 5: Intervención del Ministerio Fiscal (si hay menores)

Si existen hijos menores de edad o incapacitados, el convenio se remite al Ministerio Fiscal para que emita un informe. El Fiscal velará exclusivamente por el interés de los menores. Si considera que alguna cláusula les perjudica (por ejemplo, una pensión de alimentos demasiado baja), se opondrá y pedirá su modificación.

Paso 6: Sentencia de homologación e inscripción

El Juez dictará sentencia decretando el divorcio o la separación y aprobando el convenio regulador. De oficio, el Juzgado remitirá el testimonio de la sentencia al Registro Civil para su inscripción gratuita.

Vía alternativa: El Divorcio Notarial ("Divorcio Express")

Desde la entrada en vigor de la Ley de Jurisdicción Voluntaria, si no existen hijos menores de edad o con la capacidad modificada judicialmente, el convenio se puede otorgar ante Notario mediante escritura pública. Este trámite es mucho más rápido (puede resolverse en 7 a 15 días), pero requiere obligatoriamente la asistencia de un abogado en el acto de la firma notarial.

Plazos, importes y cifras clave que debes conocer

Para evitar sorpresas y planificar correctamente el proceso, ten en cuenta las siguientes variables temporales y económicas en España:

Ejemplos prácticos de aplicación de medidas en el convenio

Para visualizar cómo se trasladan estas reglas a la realidad, analizamos dos escenarios habituales:

Ejemplo 1: Custodia monoparental con vivienda de alquiler y gastos compartidos

Ejemplo 2: Custodia compartida con compensación por diferencia de ingresos

Errores que debes evitar al redactar tu convenio regulador

La prisa por terminar con el proceso de ruptura o el deseo de ahorrar costes a corto plazo suele llevar a redactar convenios deficientes que, años más tarde, acaban de nuevo en los tribunales mediante costosas demandas de modificación de medidas. Evita estos fallos graves:

Preguntas Frecuentes (FAQ)

¿Se puede modificar un convenio regulador una vez aprobado por el juez?

Sí, pero no de manera arbitraria. Para cambiar las medidas del convenio (como reducir la pensión de alimentos o cambiar el régimen de custodia) se debe instar un procedimiento de modificación de medidas. El requisito legal indispensable es que se haya producido una alteración sustancial, imprevista y permanente de las circunstancias que existían cuando se firmó el convenio original (por ejemplo, la pérdida definitiva del empleo de quien paga la pensión o un cambio de residencia a otra comunidad autónoma). Puede hacerse de mutuo acuerdo o de forma contenciosa.

¿Qué pasa si uno de los progenitores incumple lo pactado en el convenio?

Al estar homologado por sentencia judicial, el convenio tiene fuerza ejecutiva. Si uno de los progenitores incumple (por ejemplo, no paga la pensión de alimentos o no entrega al menor a la hora acordada), el otro puede presentar una demanda de ejecución de sentencia ante el mismo juzgado que aprobó el convenio. El juez requerirá judicialmente al infractor bajo apercibimiento de multas coercitivas o, en el caso de impago de pensiones, mediante el embargo directo de sus cuentas corrientes, nóminas o devoluciones de Hacienda. Además, el impago reiterado de la pensión de alimentos durante 2 meses consecutivos o 4 meses no consecutivos constituye un delito tipificado en el Código Penal.

¿Es obligatorio contratar un abogado y un procurador para el convenio?

Sí, la intervención de profesionales del derecho es obligatoria por ley en España para tramitar la separación o divorcio. En los casos de mutuo acuerdo, ambos cónyuges pueden compartir el mismo abogado y el mismo procurador, lo que reduce sustancialmente los costes del proceso a la mitad. Si el trámite se realiza ante Notario, solo es obligatoria la presencia del abogado.

¿Qué ocurre con las mascotas en el convenio regulador?

Tras la reforma del Código Civil que reconoce a los animales como "seres sintientes", el convenio regulador debe incluir obligatoriamente el destino de los animales de compañía. Se debe detallar con quién se quedarán, cómo se repartirán los tiempos de convivencia y cuidado si se opta por un régimen compartido, y de qué manera se sufragarán los gastos asociados a su mantenimiento y veterinario.

En resumen

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Fuentes legales (BOE)

Código Civil

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