Derecho laboral

Impago de salarios: qué hacer y cómo reclamar

Por la Redacción de AbogadoAI · Actualizado el 20 de junio de 2026 · Lectura 11 min · 🇬🇧 Read in English

Trabajar y no recibir la remuneración acordada es una de las situaciones más estresantes y desestabilizadoras que puede sufrir cualquier trabajador en España. El salario no es solo una contraprestación económica, sino el medio de subsistencia fundamental para las familias, por lo que el ordenamiento jurídico español protege este derecho de forma prioritaria. Si te encuentras en esta situación, es vital que conozcas tus derechos, los plazos legales para actuar y los pasos exactos que debes dar para recuperar tu dinero sin cometer errores que puedan perjudicar tu reclamación.

La legislación española es sumamente protectora con el salario del trabajador. El marco normativo de referencia se asienta principalmente en el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (en adelante, Estatuto de los Trabajadores o ET), así como en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social (LRJS).

¿Qué se considera un "retraso continuado" o "impago"?

No cualquier retraso puntual de unos días permite solicitar la extinción del contrato con derecho a indemnización, aunque sí permite reclamar el dinero adeudado. La jurisprudencia del Tribunal Supremo ha ido perfilando qué se considera un incumplimiento grave del empresario:

  1. Para reclamar las cantidades: Puedes reclamar desde el primer día de retraso. Si el día de pago habitual es el 30 de cada mes y el día 5 del mes siguiente no has cobrado, ya existe un impago reclamable.
  2. Para extinguir el contrato (Artículo 50 ET): El Tribunal Supremo exige que el impago o retraso sea grave y continuado. Por lo general, se considera gravedad suficiente el impago de 3 mensualidades completas, o retrasos continuados y reiterados durante un período de entre 4 y 6 meses (incluso si la empresa va pagando a cuentagotas pero siempre con retraso acumulado).

Guía paso a paso: Cómo reclamar tus salarios impagados

Si la vía del diálogo con la empresa se ha agotado, debes iniciar el proceso de reclamación formal. Es fundamental seguir el orden legalmente establecido en España para no perder tus derechos.

Paso 1: Recopilación de pruebas e información

Antes de iniciar cualquier trámite, reúne toda la documentación que demuestre la relación laboral y la falta de pago:

Paso 2: Presentación de la Papeleta de Conciliación

Este es un paso obligatorio en la legislación procesal española antes de poder acudir a la vía judicial. Consiste en presentar un escrito denominado "Papeleta de Conciliación" ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) de tu Comunidad Autónoma.

Paso 3: Presentación de la Demanda ante el Juzgado de lo Social

Si el acto de conciliación termina "sin avenencia" o la empresa no se presenta, el siguiente paso es redactar y presentar una demanda de reclamación de cantidad ante los Juzgados de lo Social.

Paso 4: Ejecución de la sentencia y recurso al FOGASA

Si el juez dicta sentencia a tu favor y la empresa sigue sin pagar de forma voluntaria, se debe solicitar la "ejecución de sentencia". Si durante este proceso se constata que la empresa es insolvente o está en concurso de acreedores, el Juzgado dictará un auto de insolvencia.

Con este auto, podrás acudir al Fondo de Garantía Salarial (FOGASA), un organismo autónomo adscrito al Ministerio de Trabajo que se encarga de abonar a los trabajadores los salarios e indemnizaciones pendientes de pago por insolvencia del empresario, con ciertos límites legales.

Plazos, importes y cifras clave que debes conocer

El factor tiempo es el elemento más crítico en el derecho laboral español. Un error en el cálculo de los plazos puede suponer la pérdida definitiva de tu derecho a cobrar.

Ejemplos prácticos de reclamación y cálculo

Para comprender mejor cómo funcionan los plazos, los intereses y la intervención del FOGASA, analizamos dos escenarios habituales.

Ejemplo 1: Reclamación de cantidad con intereses de demora

Carlos trabaja como desarrollador web y percibe un salario mensual bruto de 2.000 €. La empresa le debe las nóminas de enero, febrero y marzo de 2024. Carlos presenta la papeleta de conciliación el 15 de abril de 2024.

Ejemplo 2: Insolvencia empresarial y pago por el FOGASA

Elena trabaja en una empresa de hostelería con un salario diario de 60 € (incluyendo pagas extras). La empresa quiebra y le debe 150 días de salario. Tras el juicio, el juzgado declara la insolvencia de la empresa. Elena acude al FOGASA.

Errores que debes evitar ante un impago de salarios

Preguntas Frecuentes (FAQ)

¿Puedo cobrar el paro si mi empresa no me paga pero sigo de alta?

No de forma directa. Para acceder a la prestación por desempleo es necesario que la relación laboral esté extinguida. Para ello, debes interponer una demanda de extinción de contrato por el artículo 50 del ET (por impagos graves). Una vez que el juez dicte la sentencia extinguiendo la relación laboral, quedarás en situación legal de desempleo y podrás solicitar el paro, además de la indemnización correspondiente.

¿Qué pasa si la empresa se declara en concurso de acreedores?

Si la empresa entra en concurso de acreedores, el proceso de reclamación cambia. Las demandas individuales de cantidad suelen suspenderse y debes comunicar tu crédito (la deuda que tienen contigo) al Administrador Concursal designado por el juzgado de lo mercantil. Los créditos salariales de los últimos 30 días de trabajo efectivo (con el límite del doble del SMI) tienen carácter superprivilegiado y se pagan con preferencia sobre cualquier otra deuda.

¿Puedo reclamar si trabajo "en negro" (sin contrato ni alta en la Seguridad Social)?

Sí, pero el proceso es más complejo. Primero deberás interponer una demanda conjunta de "reconocimiento de la relación laboral" y de reclamación de cantidad. Deberás aportar pruebas sólidas de que realmente trabajabas allí (testigos, mensajes, uniformes, transferencias informales, fotografías). En estos casos es muy recomendable solicitar la presencia de la Inspección de Trabajo para que levante acta de la situación irregular.

¿Tengo que pagar tasas judiciales para demandar a mi empresa?

No. En el orden jurisdiccional social en España, los trabajadores están exentos del pago de tasas judiciales. El acceso a la justicia laboral es gratuito para los empleados. Únicamente deberás asumir los honorarios del profesional (abogado o graduado social) que decidas contratar para tu defensa, aunque en la papeleta de conciliación puedes comparecer por ti mismo.

En resumen

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