Derecho laboral

Indemnización por fin de contrato temporal

Por la Redacción de AbogadoAI · Actualizado el 23 de junio de 2026 · Lectura 11 min · 🇬🇧 Read in English

La finalización de una relación laboral suele generar dudas e incertidumbre, especialmente cuando se trata de contratos de duración determinada. En el ordenamiento jurídico español, la extinción de estas relaciones contractuales no siempre se produce de la misma manera, y el derecho a percibir una compensación económica depende estrechamente de la causa de la finalización y de la tipología del contrato. Comprender el funcionamiento de la indemnización por fin de contrato temporal es fundamental tanto para que los trabajadores defiendan sus derechos como para que los empleadores cumplan estrictamente con la legalidad vigente, evitando costosas reclamaciones judiciales.

La legislación laboral española sufrió una transformación histórica con la entrada en vigor del Real Decreto-ley 32/2021, que modificó sustancialmente el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre). El objetivo principal de esta reforma fue combatir la temporalidad abusiva y generalizar el contrato indefinido como la norma común de contratación.

En la actualidad, el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores reduce las modalidades de contratación temporal a dos grandes supuestos muy delimitados:

  1. Contrato de duración determinada por circunstancias de la producción: Destinado a cubrir incrementos ocasionales e imprevisibles de la actividad docente o productiva, o bien oscilaciones de la demanda (con un límite máximo de 6 meses, prorrogable a 12 meses por convenio colectivo sectorial). También permite situaciones previsibles y de corta duración (máximo 90 días al año natural, no continuados).
  2. Contrato de duración determinada por sustitución de persona trabajadora: Diseñado para sustituir a un trabajador con derecho a reserva del puesto de trabajo (maternidad, paternidad, incapacidad temporal), para completar la jornada reducida de otro trabajador o para la cobertura temporal de un puesto durante un proceso de selección o promoción (con un límite de 3 meses en este último caso).

¿Quién tiene derecho a indemnización y de cuánto es?

La regla general para calcular la indemnización por la finalización de un contrato temporal se encuentra regulada en el artículo 49.1.c) del Estatuto de los Trabajadores. Este precepto establece que, a la expiración del tiempo convenido o realización de la obra o servicio objeto del contrato, el trabajador tendrá derecho a recibir una indemnización.

La cuantía de la indemnización

La cuantía legalmente establecida es el equivalente a la parte proporcional de la cantidad que resultaría de abonar 12 días de salario por cada año de servicio, o la establecida, en su caso, en la normativa específica que sea de aplicación.

No obstante, esta regla general presenta una excepción crucial:

¿Qué conceptos componen el finiquito?

Es muy común confundir la indemnización por fin de contrato con el finiquito. El finiquito (o documento de saldo y finiquito) es la liquidación de las cantidades devengadas y no percibidas por el trabajador hasta el último día de trabajo. Debe incluir obligatoriamente:

Cómo calcular la indemnización paso a paso

Para realizar el cálculo exacto de la indemnización por fin de contrato temporal, se deben seguir tres pasos matemáticos sencillos basados en el salario real del trabajador.

Paso 1: Calcular el salario diario

El salario que se toma como base es el salario regulador diario. Para obtenerlo, se debe sumar el salario base y todos los complementos salariales (plus de convenio, antigüedad, nocturnidad, etc.) de las últimas nóminas, incluyendo la parte proporcional de las pagas extraordinarias si no se reciben prorrateadas.

La fórmula es: $$\text{Salario Diario} = \frac{\text{Salario Bruto Anual}}{365 \text{ días}}$$ (O bien, si el salario es mensual fijo, dividiendo el salario bruto mensual con pagas extras prorrateadas entre 30).

Paso 2: Calcular el tiempo de prestación de servicios (antigüedad)

En el derecho laboral español, los periodos de tiempo se computan por meses completos. Esto significa que si un trabajador presta servicios durante un día de un mes concreto, a efectos del cálculo de la indemnización por despido o fin de contrato, ese mes se computa como entero.

Paso 3: Aplicar la fórmula de los 12 días

Una vez que se tiene el salario diario y los meses trabajados, se aplica la siguiente fórmula matemática: $$\text{Indemnización} = \text{Salario Diario} \times \left( \frac{\text{Meses de antigüedad} \times 12 \text{ días}}{12 \text{ meses}} \right)$$ Lo que se simplifica en: $$\text{Indemnización} = \text{Salario Diario} \times \text{Meses de antigüedad}$$

Ejemplos prácticos de cálculo

Para ilustrar de forma clara cómo se aplican estas reglas, analizaremos dos supuestos prácticos con diferentes salarios y duraciones contractuales.

Ejemplo 1: El contrato de circunstancias de la producción de Carlos

Carlos ha sido contratado bajo la modalidad de circunstancias de la producción para cubrir la campaña de Navidad en una empresa de logística. Su contrato ha tenido una duración exacta de 6 meses. Su salario bruto mensual es de 1.500 €, y tiene las pagas extraordinarias prorrateadas en la nómina.

  1. Cálculo del salario diario:

$$\text{Salario diario} = \frac{1.500 €}{30 \text{ días}} = \mathbf{50 € \text{ al día}}$$

  1. Cálculo del tiempo de servicio: 6 meses.
  2. Aplicación de la fórmula:

$$\text{Indemnización} = 50 € \times 6 \text{ meses} = \mathbf{300 €}$$ Carlos recibirá una indemnización por fin de contrato de 300 € brutos (que, al tratarse de una indemnización legal por fin de contrato temporal, está exenta de retención de IRPF hasta el límite legal).

Ejemplo 2: El contrato de sustitución de Elena

Elena firma un contrato de sustitución para cubrir una baja por maternidad y posterior excedencia de una compañera de oficina. Trabaja en la empresa durante un total de 9 meses con un salario de 1.800 € al mes.

Al tratarse de un contrato de sustitución (antiguo contrato de interinidad), y de conformidad con el artículo 49.1.c) del Estatuto de los Trabajadores, Elena no tiene derecho a indemnización por fin de contrato (su indemnización es de 0 €). Sin embargo, la empresa sí vendrá obligada a abonarle el finiquito correspondiente a las vacaciones no disfrutadas y la parte proporcional de las pagas extras devengadas.

Trámites prácticos paso a paso para el trabajador

Cuando se aproxima la fecha de finalización de un contrato temporal, el trabajador debe seguir una serie de pasos ordenados para asegurar la salvaguarda de sus derechos económicos y laborales.

  1. Recepción del preaviso: Si el contrato temporal ha tenido una duración superior a un año, la empresa está obligada a notificar la finalización del mismo con una antelación mínima de 15 días (según el artículo 49.1.c) del ET). Si el contrato es de menor duración, no se exige este preaviso legal, salvo que el convenio colectivo aplicable disponga lo contrario.
  2. Revisión de la propuesta de finiquito: El día del cese, la empresa presentará el documento de saldo y finiquito. El trabajador debe comprobar que se incluyen todos los conceptos (salario del mes, vacaciones no disfrutadas, pagas extras y la indemnización de 12 días por año si corresponde).
  3. Firma del documento: Si el trabajador tiene dudas sobre la exactitud de las cantidades, debe firmar el documento escribiendo de puño y letra la mención "No conforme" junto a su firma, indicando también la fecha real de la entrega. Esto preserva el derecho a reclamar judicialmente las cantidades pendientes de pago.
  4. Solicitud de la prestación por desempleo: El fin de un contrato temporal sitúa al trabajador en situación legal de desempleo. Para solicitar el paro o los subsidios correspondientes ante el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), se dispone de un plazo de 15 días hábiles siguientes al cese, debiendo aportar el Certificado de Empresa que el empleador habrá enviado telemáticamente a la Seguridad Social.

Plazos legales para reclamar

En el ámbito del derecho laboral español, los plazos de actuación son sumamente cortos y preclusivos. Es vital no dejar transcurrir el tiempo si se detecta una irregularidad.

Errores que debes evitar

Preguntas frecuentes (FAQ)

¿Tengo derecho a indemnización si decido irme yo de forma voluntaria antes de que termine el contrato?

No. La dimisión o baja voluntaria del trabajador extingue la relación laboral por voluntad unilateral del empleado. En este supuesto, se pierde el derecho a percibir cualquier tipo de indemnización por fin de contrato. No obstante, la empresa sigue obligada a abonar el finiquito correspondiente a las vacaciones devengadas y no disfrutadas y la parte proporcional de las pagas extraordinarias. Tampoco se tendrá derecho a solicitar la prestación por desempleo de forma inmediata.

¿Qué ocurre si la empresa no me preavisa con 15 días de antelación?

La obligación de preaviso de 15 días solo existe para contratos temporales que hayan tenido una duración superior a un año. Si la empresa incumple esta obligación legal en contratos de larga duración, el trabajador tiene derecho a exigir que se le abone en el finiquito el salario correspondiente a los días de preaviso incumplidos (por ejemplo, si le avisan con solo 5 días de antelación, deberán pagarle 10 días de salario adicional en concepto de falta de preaviso).

¿La indemnización por fin de contrato temporal tributa a Hacienda?

No. De conformidad con la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (LIRPF), las indemnizaciones por extinción de contrato de trabajo en la cuantía legalmente establecida (en este caso, los 12 días por año de servicio) están totalmente exentas de tributación por IRPF. Tampoco se aplican retenciones sobre dicha cantidad. No obstante, cualquier cantidad que supere el límite legal establecido sí estará sujeta a tributación.

¿Qué es el contrato temporal en "fraude de ley" y cómo afecta a mi indemnización?

Un contrato temporal está en fraude de ley cuando se utiliza para cubrir necesidades permanentes de la empresa en lugar de una necesidad coyuntural, o cuando no se especifican con absoluta precisión la causa y las circunstancias de la temporalidad en el contrato escrito. Si se demuestra el fraude de ley ante los tribunales de lo social, el contrato se considera indefinido desde su inicio. Por tanto, su finalización unilateral por parte de la empresa se califica como despido improcedente, dando derecho a una indemnización de 33 días por año trabajado (con un máximo de 24 mensualidades) en lugar de los 12 días del contrato temporal.

En resumen

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